Ley de Segunda Oportunidad: Cancela tus deudas

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Nuestros abogados concursales tramitan tu Ley de Segunda oportunidad.

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Puedes cancelar hasta 20.000€ de deuda con Hacienda y Seguridad Social.

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Incluye hipotecas, tarjetas de crédito, préstamos personales y tarjetas revolving.

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Podrás salir de las listas de morosos.

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Bruno Garidou

"Grandes profesionales y muy agiles en su gestión. Siempre han estado pendientes de todo detalle y una cercanía que permite estar tranquilos en todo momento. Gracias ENLEY."
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Santiago Francisco Díaz

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"Servicio totalmente personalizado, trato súper amable y profesional. Un gran proyecto."
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Patricia Fernández Carrelo

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"Todo ha sido rápido y muy bien gestionado. Me han informado perfectamente durante todo el procedimiento. Un 10 para Enley."
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Diego Nieto Huerta

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Desde enley, gestionamos tu Ley de Segunda Oportunidad, estés donde estés

¿Qué incluye?

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Tramitación de la Ley de la Segunda Oportunidad

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Estudio de la documentación

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Preparación y presentación de la demanda en el juzgado competente

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Asesoramiento en todo momento de un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad

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Solicitud de la cancelación de las deudas

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Honorarios del procurador

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Todas las tasas judiciales

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Asistimos en los procesos legales para paralizar tus embargos (servicio adicional)

1990
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Pago único
99
(IVA incluido)
/mes
Durante 30 meses
Precio total: 2970€
199
(IVA incluido)
/mes
Durante 12 meses
Precio total: 2388€
Iban Sánchez
47.506€ perdonados
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Déjanos tus datos y te asesoramos

Indícanos tus datos y te llamaremos lo antes posible para que nos cuentes tu situación. Nuestros expertos te explicarán las formas de pago, los siguientes pasos y resolverán tus dudas.

Documentación y estudio

Para tramitar tu Ley de la Segunda Oportunidad, necesitamos toda la documentación. Te proporcionaremos un listado con lo que debemos recibir. Con ello, estudiaremos tu caso y prepararemos la demanda de concurso.

Presentamos la demanda

Una vez lista la demanda, la presentaremos en el juzgado correspondiente. El juez dictará el auto declarándote en concurso de acreedores, congelando tus deudas y deteniendo intereses y cargos.

Cancelación de tus deudas

Ahora solo queda esperar que el juez se pronuncie sobre la cancelación de tus deudas. Nuestro equipo tiene un 99% de éxito, por lo que es casi seguro que se cancelarán al menos parte de ellas.
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Déjanos tus datos y te asesoramos

Indícanos tus datos y te llamaremos lo antes posible para que nos cuentes cual es tu situación particular. Además, nuestros expertos te explicarán las formas de pago y los siguientes pasos, también resolverán tus dudas y cuestiones.
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Documentación y estudio de tu caso

Para empezar a tramitar tu LSO, necesitaremos que nos envíes toda la documentación. No te preocupes, te enviaremos un listado indicándote todo lo que vamos a necesitar. Cuando lo recibamos, estudiaremos el caso y prepararemos la demanda de concurso de acreedores de persona física.

Presentamos la demanda en el juzgado

Una vez que tengamos la demanda lista, la presentaremos en el juzgado que corresponda. En ese momento el juez dictará el auto declarándote en concurso de acreedores y, entonces, tus deudas quedarán congeladas y dejarán de generar intereses y cargos.
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Cancelación de tus deudas

Ahora solo queda esperar a que el juez se pronuncie sobre la cancelación de tus deudas. Puedes estar tranquilo, nuestro equipo tiene una tasa del 99% de éxito, por lo que, es casi seguro que se cancelarán al menos una buena parte de ellas. Eso sí, no podemos saber cuánto tardará el juez en resolver tu caso, puesto que depende solamente de sus plazos.
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¿A quién está dirigida la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda oportunidad está dirigida a personas físicas y autónomos que se encuentran en una situación de insolvencia y no pueden hacer frente a sus deudas.

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¿Qué beneficios tiene la Ley de Segunda Oportunidad?

Permite a las personas físicas y autónomos cancelar sus deudas pendientes, de manera que puedan comenzar de nuevo su actividad económica sin la carga de las deudas acumuladas.

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¿Qué pasará con mis bienes durante el proceso de cancelación de deudas?

Podrás seguir disponiendo de tus bienes con absoluta normalidad hasta la finalización del procedimiento.

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¿Es cierto que durante el procedimiento se pausan las deudas?

En cierta manera sí. De acuerdo con artículo 152 de la Ley Concursal, en el momento en que se te declara en concurso de acreedores (procedimiento por el que se tramita la Ley de Segunda oportunidad), tus deudas no generan nuevos intereses. Por tanto, la deuda queda “congelada”.

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¿Qué deudas puedo cancelar acogiéndome a esta ley?

Préstamos, tarjetas de crédito, hipotecas (en casos determinados), microcréditos, facturas, deudas con proveedores, deudas con Hacienda de hasta 10.000€ y deudas con Seguridad Social de hasta 10.000€.

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¿Qué deudas no puedo cancelar acogiéndome a esta ley?

Pagos por alimentos (hasta el límite fijado legalmente), costes derivados de los procesamientos (mediador, administrador concursal o abogado), y deudas salariales del último mes (hasta el doble del Salario Mínimo Interprofesional) o hipotecas (en algunos casos), entre otras.

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¿Las deudas desaparecerán para siempre?

Si en el transcurso de tres años desde la concesión de la exoneración de las deudas ningún acreedor solicita la reapertura del concurso, las deudas desaparecen definitivamente y ya no se podrán reclamar.

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¿Seguiré en la lista de morosos después del procedimiento?

No. La Ley determina que una vez se haya dictado el auto de confirmación de la cancelación de las deudas, la persona podrá solicitar salir inmediatamente de los ficheros de morosidad (ASNEF; RAI; etc) y de los informes de riesgo financieros (CIRBE).

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¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad teniendo patrimonio?

. Consúltanos y te explicaremos los trámites y gestiones que tienes que llevar a cabo.

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