Crea tu empresa en 24 horas
Siempre acompañado por un abogado mercantil. Desde solo 1€ de capital social. Precio cerrado con notario y Registro Mercantil incluidos.
Si nos contratas la gestoría, la constitución te sale gratis.
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Que incluye el servicio
¿Cómo será el proceso?
Rellena nuestro formulario
Firma en la notaría
Registro Mercantil y alta de actividad
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Por qué elegir Enley
Servicio integral experto
100% online
Precio económico
Accesibilidad
Preguntas frecuentes
¿Es gratis la creación de la empresa?
Sí, lo es, con los gastos de notario y Registro Mercantil incluidos. Para ello, deberás contratar la tarifa de gestoría que elijas. Al empezar el trámite deberás abonar 350€ +IVA que te serán descontados de las cuotas mensuales en los siguientes 6 meses, por lo que la constitución no te habrá costado nada.
¿Cuánto se tarda en constituir la sociedad?
Podemos firmar la constitución de su sociedad en la notaría en 24 horas siempre y cuando:
- Se nos proporcionen todos los datos necesarios inmediatamente.
- Tengamos el certificado con el nombre ya expedido (o se escoja un nombre de nuestra bolsa de denominaciones).
- La notaría nos dé cita para la firma en ese plazo.
Hay que tener en cuenta también que la constitución debe inscribirse en el Registro Mercantil, lo que se llevará a efecto más o menos rápido en función de su carga de trabajo.
¿Cuántos socios debe tener la sociedad?
El mínimo de socios es 1 y no existe un número máximo. Cuando la sociedad tenga un solo socio se crea una Sociedad Limitada Unipersonal.
¿Cuál es el capital mínimo de una sociedad?
Con la aprobación en 2022 de la Ley Crea y Crece es posible constituir sociedades aportando solamente 1€ al capital social, siempre y cuando se cumplan con ciertos requisitos.
Si tengo dudas durante el proceso ¿dónde podré solucionarlas?
Podrás contactar con tu abogado siempre que lo necesites a través de llamada al 913901133 o enviando un email a mercantil@enley.com, también podrás solicitar una videollamada con tu abogado.
¿Cómo es el proceso?
El primer paso para conseguir tu sociedad es rellenar nuestro formulario. Si no sabes rellenar alguno de los campos, no te preocupes, siempre te llamaremos después para confirmar los datos para que puedas consultarnos tus dudas.
Con toda la información nuestros abogados se pondrán en marcha solicitando el certificado de denominación social y preparando la firma de la constitución, así como los estatutos sociales. Después, pediremos cita en la notaría para que vayas a firmar la escritura de constitución ante notario. Una vez firmado, inscribiremos tu sociedad en el Registro Mercantil correspondiente, la daremos de alta en actividad, y con eso terminará el proceso.
¿Tendré algún tipo de permanencia en el servicio de gestoría?
No, nuestro servicio no tiene permanencia, podrás cancelarlo cuando quieras.
¿Cuándo puedo empezar a operar con mi sociedad?
Podrás operar desde el momento en que se dé de alta la actividad de la sociedad, tras la firma en notaría.
¿Tengo que darme de alta como autónomo?
Depende. La ley determina que toda Sociedad debe tener al menos un administrador, y por regla general, ese administrador normalmente deberá estar dado de alta como autónomo. No obstante, existen casos especiales en los que serían los socios quienes deberán darse de alta en base a su participación o parentesco con otros socios, o el administrador no tenga esa obligación por características puntuales.
Si me doy de baja ¿qué pasará con mi documentación?
Te la enviaremos a ti o a quien tú nos pidas.